Consumo de la Junta recuerda los derechos de los pasajeros aéreos ante retrasos y cancelaciones
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La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha recordado a los ciudadanos sus derechos ante incidencias en vuelos, especialmente ante la proximidad de la temporada estival. La normativa europea, en concreto el Reglamento (CE) 261/2004, establece que las compañías aéreas deben ofrecer asistencia gratuita a los pasajeros en caso de retrasos significativos, que incluyen manutención y, si es necesario, alojamiento.
En situaciones de cancelación de vuelo o denegación de embarque por 'overbooking', los viajeros tienen derecho a ser informados por escrito y a elegir entre el reembolso del billete o un transporte alternativo. Además, si la llegada al destino se produce con tres o más horas de retraso, se puede solicitar una compensación económica de hasta 600 euros, a menos que la aerolínea demuestre que la causa fue una circunstancia extraordinaria e inevitable.
Se recomienda reclamar directamente a la aerolínea y, en caso de no obtener respuesta satisfactoria, acudir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Es fundamental conservar toda la documentación del viaje y realizar la reclamación lo antes posible, dado que el plazo general suele ser de hasta cinco años.
