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Consumo de la Junta recuerda que 'pantalla total' es un término ilegal en protectores solares

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Consumo de la Junta recuerda que 'pantalla total' es un término ilegal en protectores solares

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha recordado que la expresión "pantalla total" y otras similares como "bloqueante solar" o "protección absoluta" están prohibidas en el etiquetado de los protectores solares. La normativa busca evitar que los consumidores piensen que estos productos ofrecen una protección completa frente a la radiación ultravioleta, ya que ningún protector solar puede garantizar una barrera total.

Se insta a la ciudadanía a revisar detenidamente el etiquetado de los fotoprotectores, prestando atención al Factor de Protección Solar (FPS) y a la vida útil del producto una vez abierto, indicado por el símbolo de un tarro abierto con una cifra y "M". La Junta subraya la importancia de aplicar el protector antes de la exposición solar y renovarlo frecuentemente, además de evitar las horas centrales del día y proteger especialmente a bebés y niños.

Consumo desmiente mitos como que el bronceado protege la piel o que los días nublados eliminan el riesgo de radiación. Se recuerda que el uso de crema solar no permite una exposición ilimitada y que aplicar varias capas no multiplica la protección. Se recomienda complementar el uso de fotoprotectores con gafas de sol, sombreros y ropa adecuada.

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