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Justicia anula parte de la ordenanza de pisos turísticos de Salamanca

Provincia de Salamanca

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado varios artículos de la ordenanza municipal de pisos turísticos de Salamanca, aprobada en julio de 2024. La sentencia, de casi 50 folios, determina que la asignación de usos del suelo debe realizarse exclusivamente a través del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y no mediante una ordenanza. Las asociaciones del sector, AVATCYL y AESVAT, han mostrado su satisfacción y piden al Consistorio que cese la vía judicial.

Entre los preceptos declarados nulos se encuentran la consideración de las viviendas turísticas como uso terciario hotelero, limitaciones en la documentación para la comunicación ambiental, la creación del registro municipal de apartamentos turísticos y la zonificación que restringía su ubicación. Los letrados de las asociaciones argumentan que la ordenanza es inaplicable en la práctica tras la anulación de su artículo 4, que equiparaba estos alojamientos al uso terciario hotelero.

El Ayuntamiento de Salamanca, por su parte, sostiene que la regulación vigente se basa en el PGOU, el cual especifica que no se permiten pisos turísticos por encima de la primera planta. Sin embargo, las asociaciones del sector insisten en que la sentencia invalida otros apartados y advierten de inseguridad jurídica debido a pronunciamientos contradictorios del propio tribunal, no descartando acudir al Tribunal Supremo para unificar doctrina.

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