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Castilla y León elimina la autorización previa para usar dispositivos auxiliares de caza

Provincia de León

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental de Castilla y León ha publicado una orden en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) que suprime la necesidad de una autorización nominativa previa para el transporte, tenencia y empleo de determinados dispositivos auxiliares de caza. Esta medida busca agilizar la actividad cinegética y adaptarla a las necesidades actuales.

La modificación normativa responde a la constatación de que el derecho a cazar en un terreno implica la potestad para utilizar estos medios sin trámites adicionales. Se argumenta que la actividad cinegética debe ser una herramienta para el equilibrio ecológico, la gestión de poblaciones y la prevención de riesgos sanitarios y de seguridad vial, especialmente ante el aumento de accidentes por fauna mayor y daños a explotaciones.

No obstante, la orden estipula que los cazadores deberán identificar correctamente la especie, edad y sexo del animal antes de disparar, sin basarse exclusivamente en la visión térmica o de imagen. Además, los dispositivos deberán permanecer apagados y guardados fuera de los horarios y supuestos autorizados, y transportados de forma segura para evitar el acceso inmediato de los ocupantes del vehículo.

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